jueves, 14 de febrero de 2013

UN PRESUPUESTO NADA TRANSPARENTE

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La transparencia presupuestaria es el tema central que aborda el artículo “Un presupuesto nada transparente” cuya autora es Silvana Pezzella A., y fue publicado en la revista VenEconomía correspondiente a enero de 2008. Este artículo aborda ampliamente el tema y valida algunas recomendaciones formuladas por Transparencia Internacional.
El estudio en cuestión afirma que La “transparencia presupuestaria” requiere un marco regulatorio y prácticas claras en la formulación, ejecución, y control presupuestario público”. A partir de esa definición, se siguen algunas afirmaciones que demuestran que en Venezuela hay ausencia de “Transparencia presupuestaria”. Veamos

El marco regulatorio de la transparencia presupuestaria en Venezuela está determinado por la existencia de las siguientes leyes:
1. Constitución de la República (Artículos 311-315)
2. Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público y sus Reglamentos e Instructivos
3. Ley del Fondo de Estabilización Macroeconómica
4. Ley Orgánica de Planificación.
5. Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
6. Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.
7. Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación.
8. Ley Orgánica de Administración Pública
9. Ley de Licitaciones
10. Estatuto de la Función Pública
11. Ley contra la Corrupción
12. Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.
13. Ley del Banco Central de Venezuela
14. Decreto con Rango y Fuerza de Ley sobre Simplificación de Trámites Administrativos a los Órganos de la Administración Central
15. Ley de los Consejos Comunales

Establece el estudio que, el marco regulatorio se hace complejo afectando “sensiblemente la formulación, ejecución, fiscalización y control de la actividad presupuestaria venezolana”.

Es el presupuesto nacional la fuente principal que financia a los órganos del Poder Público Nacional. El correcto análisis del presupuesto permite determinar qué actores sociales ganan y quienes pierden en la distribución del presupuesto. Es una condición clave que la disponibilidad de la información presupuestaria beneficia la rendición de las finanzas gubernamentales, además de incentivar la participación informada de la sociedad civil. “La transparencia en los procesos presupuestarios permite conocer el grado de efectividad del gasto público, su eficiencia, así como la posibilidad de detectar casos potenciales de corrupción.”

El índice general de transparencia 2007

El estudio ya referido establece como premisa de evaluación el índice de transparencia 2007 y lo define así: “El Índice General de Transparencia, elaborado por Transparency International, es un índice de percepciones que se construye a partir de una encuesta realizada a un grupo de expertos y analistas de la información presupuestaria. El Índice califica a los países en una escala del 1 al 100, donde uno, significa nada transparente y 100, indica completamente transparente. En Venezuela, el estudio estuvo a cargo de Transparencia Venezuela, (asociación civil sin fines de lucro, capítulo en Venezuela de Transparency International.”

Este estudio se realizó para nueve países de América Latina arrojando como resultado que Venezuela se ubicó en la última posición antes de la consulta a los expertos y posterior a ella, con 41 puntos antes de la aplicación de la encuesta y 33 puntos después de su aplicación

Pésimo control en la ejecución presupuestaria
Una de las afirmaciones que establece en estudio es que en Venezuela no existe la separación de los poderes públicos, pues todos ellos están dominados y controlados por el principal partido de gobierno. Tanto la Asamblea Nacional (Poder Legislativo), poder con funciones de formulación y control del presupuesto como la Contraloría General de la República (órgano del Poder Moral) con facultades de control, fiscalización y sancionatorios, se muestran complacientes con la actuación del Poder Ejecutivo en la administración presupuestaria.

¿Cómo lograr un presupuesto transparente?
Por considerar de mucho interés, a continuación transcribimos las recomendaciones que realiza el estudio realizado por Transparencia Venezuela para lograr el propósito de alcanzar un presupuesto transparente.
Reformular y fortalecer todo el sistema de control fiscal, para que se establezca un sistema apropiado e independiente de control interno, de control externo, procesos claros de rendición de cuentas por parte de los funcionarios públicos y sanciones oportunas de los funcionarios públicos que infrinjan el marco legal.
El nuevo sistema de control fiscal deberá contemplar mecanismos de evaluación integral del gasto público, y promover acciones de evaluación del desempeño de la función pública y el análisis del impacto de las políticas públicas, en todos los niveles de gobierno.
Establecer mecanismos expeditos para hacer seguimiento efectivo a las declaraciones de bienes de los funcionarios públicos y poder detectar enriquecimientos no explicables. Redefinir el rol de la Contraloría General de República, fortaleciendo sus capacidades y garantizando su independencia.
El Poder Ejecutivo debe tomar medidas para eliminar el gasto extra presupuestario. La Asamblea Nacional como órgano de control del Poder Ejecutivo y la Contraloría General de la República deben propiciar la concreción de esta recomendación.
El Poder Ejecutivo debe diseñar e implantar un sistema de indicadores de desempeño que permita mejorar la asignación de recursos presupuestarios, logre una mayor vinculación de la planificación con el presupuesto y facilite el control y la evaluación del presupuesto.
El Poder Ejecutivo debe tomar medidas que permitan reducir la rigidez del gasto público, a los fines de mejorar los mecanismos de asignación de recursos.
El Poder Ejecutivo debe dejar de subestimar las proyecciones de los ingresos petroleros en el Proyecto de Presupuesto. Los gobernadores de estados y los alcaldes con el apoyo de la AN, deberán exigir al Poder Ejecutivo el cumplimiento de esta recomendación, ya que al subestimar los ingresos ordinarios, los recursos asignados a los estados y municipios resultan menores a los que por Ley les corresponden.

Yadira Zerpa Vielma


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